Alan Goldstein M.B.A., E.A.
Defensor Tributario
23 Años de Servicio

Defensa de Impuestos en Todos los Estados​

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Puede enfrentar sanciones penales civiles e incluso tiempo en prisión!

Si crees que estás bajo una investigación penal del Servicio de Impuestos Internos (IRS), llámanos hoy mismo, ya que tu libertad puede depender de ello. Podemos ayudarte durante la investigación administrativa realizada por la División de Investigaciones Penales (CID) del Servicio de Impuestos Internos (IRS).

La División de Investigaciones Penales (CID) del Servicio de Impuestos Internos (IRS) tiene como misión investigar posibles violaciones penales del Código de Impuestos Internos (IRC) y delitos financieros relacionados, de manera que fomente la confianza en el sistema tributario y el cumplimiento de la ley por parte del público estadounidense.

Si fuiste contactado por un Agente Especial, puede deberse a informantes, una auditoría o revisión de tu archivo fiscal. Podría ser cualquier cosa que haya llamado la atención sobre tu caso fiscal.

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Si cree que está bajo una investigación criminal (IRS), llámenos hoy ya que su libertad puede depender de ello. Podemos ayudarlo durante su investigación administrativa por parte de la División de Investigación Criminal (CID) del Servicio de Impuestos Internos (IRS).

La División de Investigación Criminal (CID) del Servicio de Impuestos Internos (IRS) dice que su misión es que la Investigación Criminal sirva al público estadounidense al investigar posibles violaciones criminales del Código de Impuestos Internos (IRC) y delitos financieros relacionados de una manera que fomente la confianza en el sistema tributario y el cumplimiento de la ley.

Si un agente especial se puso en contacto con usted, se debió a soplones, auditorías o revisión de archivos fiscales. Podría ser cualquier cosa que haya llamado su atención sobre su caso fiscal.

Nuestro trabajo es representarlo en una investigación criminal, únicamente en la parte de investigación administrativa. Nos encanta trabajar con Defensores de impuestos. Si ha sido acusado de un delito fiscal penal, no podemos ayudarlo ya que no tenemos licencia para ejercer en los tribunales. Esa parte pertenece a un Defensor Fiscal que tiene EXPERIENCIA FISCAL CRIMINAL.

Autoridad General para Hacer Cumplir las Leyes de Rentas Internas y Estatutos Relacionados

  1. El Título 26 del Código de los Estados Unidos (USC) §7608(b) proporciona la autoridad inicial para investigar delitos que surjan en virtud de las leyes de Rentas Internas.
  2. De conformidad con 26 USC §7602, 26 USC §7622 y la Orden del Tesoro 150–10, el Comisionado y sus funcionarios y empleados designados están autorizados a examinar cualquier libro, papel, registro o memorando relacionado con los asuntos que deben incluirse. en las declaraciones, citar a los obligados tributarios y tomarles testimonio, y tomar juramentos.
  3. El IRS también tiene responsabilidades de ejecución explícitas con respecto a 18 USC §1956 y 18 USC §1957, que trata sobre el lavado de dinero, y 31 USC §5311 et seq., que trata sobre la Ley de Secreto Bancario (BSA). De conformidad con la Directiva del Tesoro 15-42, se ha delegado al Comisionado del IRS:
  1.                   Autoridad investigadora sobre violaciones de 18 USC §1956 y 18 USC §1957 donde la conducta subyacente está sujeta a investigación bajo el Título 26 o bajo la BSA enmendada (es decir, 31 USC §5311, et seq. (que no sean violaciones de 31 USC § 5316)); y
  2.                   Autoridad de incautación y decomiso sobre violaciones de 18 USC §981 y 31 USC §5317, relacionadas con violaciones de 31 USC §5313 y 31 USC §5324, y 18 USC §1956 y 18 USC §1957 que están dentro de la jurisdicción de investigación del IRS ( como se establece en el párrafo anterior).

Nota:Los bienes incautados en virtud de 18 USC §981 cuando la jurisdicción de investigación corresponda únicamente a otra oficina cuyos representantes no estén presentes en el momento de la incautación, se entregarán a esa oficina.

  1. Mediante comisiones otorgadas a cada oficial de Investigación Criminal (CI), el Comisionado designa a las personas que tienen la autoridad para realizar todas las funciones conferidas a dichos oficiales, bajo todas las leyes y reglamentos administrados por el IRS, incluida la autoridad para investigar, requerir y recibir información relacionada con las leyes y reglamentos antes mencionados. La Orden de Delegación de Servicio 9-2 (anteriormente DO-158) autoriza al Agente Especial a Cargo (SAC) a investigar violaciones de 18 USC §1956 y 18 USC §1957 donde la conducta subyacente está sujeta a investigación bajo el Título 26 o la BSA (es decir, , 31 USC §5311 y siguientes (aparte de las violaciones de 31 USC §5316)). Consulte la Orden de delegación 9-2 en IRM 1.2.48, Políticas y autoridades de todo el servicio – Delegación de autoridades para actividades de investigación criminal.
  2. En la Orden de delegación de todo el servicio 25-5, el Comisionado delegó la autoridad para iniciar investigaciones penales de instituciones financieras que actualmente no son examinadas por las agencias federales de supervisión bancaria, a excepción de los corredores o intermediarios de valores, al Director, Política y apoyo de operaciones y SAC. El Comisionado también delegó la autoridad para iniciar investigaciones criminales del Título 31 de bancos y corredores o comerciantes de valores al Jefe de CI. La autoridad del Comisionado para la Orden de Delegación 25-5 se deriva de la Directiva del Tesoro 15-41. Consulte la Orden de delegación 25-5 en IRM 1.2.52, Políticas y autoridades de todo el servicio – Delegación de autoridades para actividades de temas especiales.
  3. Bajo el Comisionado, las responsabilidades de CI incluyen la investigación de todas las supuestas infracciones penales que surjan de las leyes de Rentas Internas y los estatutos penales relacionados. Véase IRM 9.1.3, Disposiciones legales penales y derecho consuetudinario, para una discusión de los estatutos bajo la jurisdicción de CI.

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) utiliza agentes especiales que son agentes de la ley debidamente juramentados que están capacitados para “seguir el dinero”. No importa cuál sea la fuente, todos los ingresos obtenidos, tanto legales como ilegales, tienen el potencial de involucrarse en delitos que caen dentro de la jurisdicción de investigación de la Investigación Criminal del IRS.

Sí, tienen armas y pueden arrestarte.

Autoridad legal para arrestar

  1. La autoridad estatutaria de los agentes especiales para realizar arrestos está contenida en 26 USC §7608, en su forma enmendada. Este estatuto permite a los agentes especiales:
  1. ejecutar y entregar órdenes de registro y órdenes de arresto, y entregar citaciones y citaciones emitidas bajo la autoridad de los Estados Unidos
  2. realizar arrestos sin orden judicial por cualquier delito contra los Estados Unidos relacionado con las leyes de Rentas Internas cometido en su presencia, o por cualquier delito grave reconocible bajo dichas leyes si tienen motivos razonables para creer que la persona a ser arrestada ha cometido o está cometiendo tal delito
  3. realizar incautaciones de bienes sujetos a decomiso en virtud de las leyes de Rentas Internas

Arresto sin órdenes judiciales

  1. Un arresto sin orden judicial es un asunto serio y podría someter a los agentes especiales a responsabilidad civil. Por lo tanto, para que un agente especial realice un arresto sin orden judicial, se debe haber cometido un delito grave en presencia del agente o el agente debe creer razonablemente que la persona arrestada cometió un delito grave (consulte la subsección 9.4.12.3.1).
  2. Si el agente especial tiene la intención de realizar un arresto sin orden judicial en una investigación fiscal que aún requiere la aprobación del Departamento de Justicia (DOJ), el SAC debe buscar el asesoramiento previo a la remisión del DOJ para evitar realizar un arresto en una investigación que puede no estar autorizada para enjuiciamiento. . Todas las demás investigaciones, como los arrestos por lavado de dinero, son aprobadas directamente por el Defensor del gobierno después de ser referidas por el SAC.
  3. La decisión de buscar órdenes de arresto es responsabilidad del Defensor del gobierno. Sin embargo, se requiere la autorización del DOJ para infracciones fiscales.

Si ha sido contactado por un agente especial, obtenga ayuda rápidamente.

SOLUCIÓN: ¡Nos contratas para luchar POR ti! El momento en que recibes el aviso de una auditoría es el momento adecuado para buscar representación legal profesional ante el IRS. Una de nuestras principales áreas de trabajo es representar a individuos y empresas durante una auditoría del IRS o del Departamento de Ingresos estatal. Las auditorías fiscales, apelaciones fiscales y litigios fiscales requieren un amplio conocimiento de las leyes fiscales, así como de los requisitos procesales para ser escuchado en diferentes niveles.